Recargo por el incremento del coste del combustible

El incremento de precios de los combustibles impacta en los costes operativos del transporte.

El extraordinario incremento de precios de los combustibles, como consecuencia de la situación económica y geopolítica que estemos viviendo, tiene un gran  impacto sobre nuestros costes operativos directos.

Ante esta situación el Gobierno ha aprobado con fecha 1 de marzo del 2022, el Real Decreto Ley 03/2022, para regular el recargo por incremento del coste del combustible, en  el artículo 38 del citado Real Decreto ley.

Partiendo de esta normativa, y ante el incremento continuado del precio del combustible, nuestra compañía se ve obligada a aplicar des de 1 de abril de 2022, el recargo legalmente establecido.

Base de cálculo

La base de referencia de cálculo será el precio medio por litro vigente en la fecha de nuestra última actualización de tarifas, de Diciembre 2021, publicado por el Ministerio de Transportes, movilidad  y agenda urbana.
https://energia.gob.es/petroleo/Informes/InformesMensuales/DatosBibliotecaConsumer/2021/Diciembre%202021.pdf


Precio medio oficial del carburante a Diciembre 2021 = 1,3469 euros por litro.

Sistema de cálculo

El sistema de cálculo está basado en el índice de variación del precio medio del gasoil  de diciembre de 2021 y la media aritmética de las semanas del mes anterior a su  aplicación.
La información del precio medio semanal es publicada semanalmente por el Ministerio de transportes en el siguiente enlace:

https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/servicios-al-transportista/indice-de-variacion-semanal-de-los-precios-medios-del-gasoleo-en-espana


La fórmula de cálculo a aplicar es: Índice de variación multiplicado por la Tarifa base y multiplicado por 0,30.
 
Tabla de porcentajes de recargo
 
Para facilitar el cálculo les adjuntamos  la TABLA DE PORCENTAGES a aplicar, tomando como a base y método el  sistema expuesto en el aparatado anterior.
Precio oficial del carburante a Diciembre 2021 = 1,3469 euros por litro.

Recargo:

Mensualmente procederemos a la revisión del porcentaje de recargo según el sistema de cálculo descrito y la tabla de recargo anterior.

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